Curso de INSTALADOR DE GAS B (POR CERTIFICADORA) |
Puede apuntarse para futuras convocatorias de este curso. |
Modalidad: |
AULA VIRTUAL |
Duración: |
100.00 horas |
Precio: |
Consultar. |
Acceso al curso: |
Debe cambiarlo en los parámetros de configuración |
Objetivos |
* Obtener la acreditación de “Instalador de Gas” (categoría B) tras superar las pruebas correspondientes.
* Proporcionar a los alumnos los conocimientos técnicos (teórico-prácticos) para comprender el funcionamiento de las instalaciones de gas y
poder realizar su diseño, montaje y mantenimiento en los siguientes ámbitos:
Instalaciones receptoras domésticas, colectivas, comerciales o industriales hasta 5 bares de presión máxima de operación (MOP),
tanto comunes como individuales y cualquiera que sea la potencia de diseño, situación y familia de gas, con exclusión de las
acometidas enterradas.
Instalaciones de envases de gases licuados del petróleo para suministro de instalaciones receptoras.
Instalaciones de GLP de uso doméstico en caravanas y autocaravanas.
Conexión y montaje de aparatos de gas.
Puesta en marcha, mantenimiento y reparación de aparatos de gas no conducidos (aparatos de tipo A) y de aparatos de gas
conducidos (aparatos de tipo B y C) de potencia útil hasta 24,4 kW inclusive, que estén adaptados al tipo de gas suministrado, con la
excepción de las vitrocerámicas a gas de fuegos cubiertos. |
Contenidos |
• El Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, y sus ITCs: ITC-ICG 06, 07, 08, 09, 10.
• Norma UNE 60670 sobre «Instalaciones receptoras de gas con MOP<5 bar».
• Norma UNE 1949 sobre «Instalaciones de G.L.P. en vehículos habitables de recreo».
• Norma UNE 60601 sobre «Salas de máquinas que utilizan combustibles gaseosos».
• Norma UNE 60404 sobre «Conjuntos de regulación de presión con MOP <5 bar».
• Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria, modificado por la ley 25/2009 de 22 de diciembre.
• R.D. 2200/1995, Reglamento de la infraestructura de la calidad y la seguridad industrial, modificado por el R.D. 338/2010, de 19 de marzo sobre el Registro Industrial Integrado.
• R.D. 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial.
• Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, Título I, Título III, Capítulo III y Título IV, Capítulo I, Capítulo II, Capítulo V, Capítulo VI. Modificada por Ley 8/2015 de 21 de mayo.
• Reglamento general del servicio público de gases combustibles, Capítulos III y IV.
• Reglamento de la actividad de distribución de G.L.P.
• El Mercado interior europeo. «Nuevo Enfoque» en la reglamentación europea: Resolución de 7 de mayo de 1985; Decisión del Consejo 93/465/CEE sobre el «Enfoque Global» (Marcado CE y Procedimientos de Certificación de la Conformidad);
• R. D.1428/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 90/396/CEE, sobre aparatos de gas, únicamente los artículos 1, 2, 3, y 9 y los Anexos I y III. |
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